Reportado por Carlos de León
SANTO DOMINGO.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional descargó hoy al dirigente peledeísta Luis Incháusti, a su hermana Grecia María Peguero Rivera y a León Antonio López Mata, quienes estaban acusados de un alegado desfalco de mil 438 millones de pesos en perjuicio del Estado a través del Programa Eventual Mínimo de Empleos (PEME).
Los jueces Sarah Veras, presidenta; Daría Cira Medina e Ingrid Fernández declararon la absolución a petición del ministerio público representado por Ramona Nova y Bernardo Rodríguez tras acoger el retiro de la querella.
Asimismo, los jueces ordenaron la entrega de los todos los bienes de los inculpados previo a la presentación de los documentos que avalen la propiedad de cada uno de los bienes reclamados.
La deliberación de los jueces en torno a la petición del ministerio público y acogida por los abogados de la defensa de los inculpados tomó menos de cinco minutos.
La lectura de la sentencia de absolución provocó una algarabía entre los asistentes al tribunal a pesar de que la jueza presidenta solicitó a los asistentes que permanecieran en orden.
Los abogados Abel Rodríguez del Orbe, Nicolás Calderón, Marino Féliz, Emilio Ortiz, Antonio Delgado plantearon al tribunal la devolución de todos los bienes, muebles e inmuebles, de los inculpados que según ellos fueron injustamente incautados sin decisión de autoridad judicial competente.
Pidieron, además, librar acta a los concluyentes de que acepten el retiro de la acusación formulada por el ministerio público en su instancia del 15 de octubre del año 2007, depositada en la Secretaría de ese tribunal el 17 de octubre del mismo año.
En la petición de los abogados, que esta vez sólo estuvieron representado por Calderón, se indica declarar la absolución de Yncháusti, López Mata y de Peguero y de toda las imputaciones contenidas en la Providencia Calificativa y Auto de No Ha Lugar No. 102-01, dictada en fecha 6 de junio del 2001, por la entonces juez del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional y la resolución 190-2001, dictada en fecha 7 de noviembre del 2001, por la Cámara de Calificación de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
El tribunal ordenó además el cese de todas las persecuciones penales y medidas de coerción que culminan con el retiro de la acusación por parte del ministerio público.
Yncháusti, Peguero y López Mata fueron acusados por el gobierno de Hipólito Mejía por supuesta violación a los artículos 265, 266, 145, 146, 148, 170, 171, 172, 174 y 405 del Código Penal Dominicano.
Los abogados dijeron que aceptan el retiro de la acusación formulada por el ministerio público, con la salvedad de que en la sentencia a intervenir, por ser una cuestión de derecho, debe ordenarse la descontinuación de las persecuciones penales que tengan relación con todos las imputaciones puesta a cargo de los exponentes, así como la devolución de todos los bienes, muebles e inmuebles.
martes, noviembre 06, 2007
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